miércoles, mayo 15, 2024
Revista Perfil Edición 114
Revista Perfil Edición 113
Revista Perfil Edición 112
Revista Perfil Edición 111
Revista Perfil Edición 110
More

    reciente

    Van contra quien difunda contenido íntimo o erótico sexual, sin consentimiento de la víctima

    spot_img

    En Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias el Congreso de Veracruz aprobó tipificar como delito la violación a la intimidad sexual.

    Xalapa, Ver.- Se celebró la quinta Sesión del Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias emitiendo voto a favor el diputado Rubén Ríos Uribe para la tipificación como delito la violación y difusión de imágenes, audios o videos de una persona desnuda de manera parcial o total, con contenido intimo sexual, aprobándose en el Congreso de Veracruz de manera unánime.

    Al introducir el Artículo 190 Quindecies, explica que la venganza por cuestión de intimidad sexual se sancionará de 4 a 8 años de prisión para quienes resulten culpables de revelar actos considerados pornográficos, además de una multa económica entre mil a dos mil salarios mínimos.

    Si el acto es cometido contra una persona con discapacidad que no comprenda el acto sexual el delito se perseguirá de oficio, mientras una gente convencional será por querella. 

    Otro punto a seguir es que la autoridad encargada de investigar tiene la facultad de ordenar el retiro inmediato de la publicación hecha sin consentimiento de la víctima al administrador, red social o encargado de la plataforma digital.

    Congresistas de la bancada de Morena coincidieron que el sector femenino es el más afectado y vulnerable, detonando afectaciones emocionales y psicológicas de las víctimas.

    Latest Posts

    lo más leído