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    Aclaratoria de las normativas de la preservación del cangrejo azul

    El cangrejo azul o de tierra (Cardisoma guanhumi) es un crustáceo suele habitar en playas fangosas, en zonas de manglar, cocotales y suelos en baja salinidad pudiendo llegar habitar cientos de metros de tierra adentro, este se encuentra distribuido principalmente en las costas de Veracruz y Tamaulipas en el Golfo de México.

    Su ciclo reproductivo está vinculado a los patrones climáticos estacionales y las fases lunares, principalmente posterior a las fuertes lluvia es cuando inician las migraciones, durante este periodo logran reproducirse, durante los meses de julio y agosto la mayoría de las hembras llevan los huevos externamente, para posteriormente ser eclosionados y liberados en agua salada para que las larvas logren asegurar su supervivencia.

    Dicha especie es aprovechada comercialmente en este municipio de Tamiahua, Veracruz, donde este sitio es considerado una de las principales zonas de captura de Cangrejo azul, lo cual representa aportes económicos a las sociedades pesqueras que cuentan con dicho permiso de aprovechamiento. Debido a ello esta especie en temporadas de desove se ve fuertemente impactada por la caza furtiva para la extracción de “la mano o tenaza”; donde lejos de obtener un aprovechamiento sostenible, este es cazado indiscriminadamente provocando la muerte de dicha especie, con base en estudios la población de Cardisoma guanhumi ha disminuido en un 90% su población, lo cual es amenazada de ser extinguida.

    Dicho lo anterior, es por lo que el 04 de agosto del 2016, el Diario Oficial de la Federación publica el acuerdo por el que se establece el periodo de veda temporal para la pesca comercial del cangrejo azul o de tierra (Cardisoma guanhumi), en las aguas estuarinas y marinas de jurisdicción federal adyacentes al Estado de Veracruz, donde se menciona que debido a que la captura promedio de 1998 a 2014, esta especie ha disminuido hasta en un 90%, requiriéndose en consecuencia la adaptación de medidas encaminadas a la recuperación de las poblaciones aprovechables. Por ello es que se establece la veda temporal durante el periodo comprendido del 15 de agosto al 30 de septiembre de cada año.

    Este H. Ayuntamiento preocupado por la conservación de las especies que habitan en nuestro municipio, ha implementado un programa de protección del cangrejo azul, donde en sinergia con la Secretaria de Marina y la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) quien este último, es quien efectúa la vigilancia y cumplimiento dicho acuerdo de veda, a través de la orden de inspección DGIV.-VER-0176-2020, el cual faculta a dicho organismo a realizar inspecciones a poseedores o propietarios de productos obtenidos de las artes de pesca, bajo los procedimientos legales que rigen este organismo.

    Durante los últimos recorridos se han decomisado 11 kilogramos de mano de cangrejo azul, así mismo 2 redes agalleras de 50 metros de largo, con caído de 3 metros, con luz de malla de 2 pulgadas (2 puntas), plomada y colchada, ambas situaciones contravienen a lo estipulado en el artículo 105 fracción XV de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a lo cual se levanta el acta de inspección DGIV/VER/180820/304-02.

    Se hace énfasis en que no se restringe las actividades de pesca a la ciudadanía, siempre y cuando respeten las tallas mínimas, vedas y artes de pesca autorizada tal y como lo dice el articulo 67 de la la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que a la letra dice:
    “Artículo 67. La pesca de consumo doméstico, que efectúen los residentes ribereños de los cuerpos de agua dulce continental, no requerirá de permiso y sólo se efectuará con redes y líneas manuales que pueda utilizar el pescador, observando y respetando las vedas y las normas oficiales que se expidan.

    Tratándose de zonas concesionadas, podrá practicarse la pesca de consumo doméstico siempre que no se capturen las especies materia de las concesiones otorgadas a terceros.

    Las cantidades permitidas por pesquería o especie se especificarán en el Reglamento de la presente Ley.”

    Dicho lo anterior ponemos a sus órdenes las siguientes direcciones para dudas o aclaraciones derivadas de la inspección y vigilancia en la zona de este municipio de Tamiahua, Veracruz.

    Palacio Municipal, Dirección de Ecología y Medio Ambiente. Calle Miguel Hidalgo 18, Colonia Centro, C.P. 92560, teléfono 7688570504 ext. 123, municipio de Tamiahua, Veracruz.

    CONAPESCA. Avenida Camarón Sábalo 1210 esquina con Tiburón, Fraccionamiento Sábalo Country Club, C.P. 82100, en Mazatlán, Sinaloa. Teléfono 6699156900.

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