Luis Ortiz
Aunque la violencia vicaria fue reconocida legalmente en Veracruz a mediados del año pasado, su atención enfrenta serias limitaciones debido a la falta de preparación, presupuesto y mecanismos adecuados dentro de las instancias encargadas de procurar justicia, señaló la abogada Martha Márquez.
La especialista explicó que esta forma de violencia ya está contemplada tanto en el Código Civil como en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La norma establece que se incurre en violencia vicaria cuando se busca causar daño a una mujer mediante terceras personas, principalmente a través de amenazas, la retención o sustracción de menores, o el uso de procesos legales sustentados en información falsa.
Detalló que, en la mayoría de los casos, este tipo de agresión se ejerce utilizando a hijas e hijos como medio de presión, aunque también puede manifestarse mediante el uso de mascotas, personas cuidadoras o incluso familiares cercanos de la mujer afectada. En todos los casos, dijo, el objetivo es el mismo: generar daño emocional y psicológico.
Uno de los principales problemas, añadió, es la ausencia de cifras confiables. Muchas denuncias no se registran como violencia vicaria, sino bajo delitos ya existentes como la sustracción o retención de menores. Aunque se ha informado de más de mil carpetas iniciadas desde su tipificación, la cifra real podría ser considerablemente mayor.
Esta falta de registros también se presenta en el ámbito civil, especialmente en procesos de guarda y custodia, donde numerosas mujeres enfrentan este tipo de violencia sin que exista un conteo oficial.
Márquez atribuyó esta situación a la insuficiente capacitación con enfoque de género, así como a la escasez de personal y recursos en las fiscalías.
Indicó que la Fiscalía Especializada en Veracruz atiende a varios municipios de manera simultánea, lo que rebasa su capacidad operativa. Además, subrayó que los casos de violencia vicaria requieren investigaciones más complejas, peritajes especializados y personal capacitado, elementos que actualmente no están disponibles en número suficiente.
Respecto a las sanciones, explicó que la ley contempla penas que van de dos a seis años de prisión y multas de hasta 500 UMAs. Sin embargo, precisó que no se clasifica como delito grave y que, hasta ahora, no se tiene registro de sentencias definitivas en el estado.
Finalmente, alertó que la carencia de recursos y preparación institucional impacta directamente en el acceso a la justicia, provocando que muchas mujeres enfrenten procesos largos, incompletos y, en ocasiones, situaciones de revictimización al momento de denunciar.













