viernes, noviembre 21, 2025
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    TEV declara nulidad de la elección del Ayuntamiento de Jáltipan, Veracruz

    *Por mayoría de votos del Pleno

    Esta tarde, en Sesión Pública de carácter jurisdiccional, las magistraturas que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvieron distintos medios de impugnación, relacionados, en su mayoría, con la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, así como con las elecciones municipales del pasado 1 de junio en la entidad.

    En primer lugar, se confirmaron los resultados de la elección del Ayuntamiento de Teocelo, Veracruz, toda vez que si bien se acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, se concluyó que la misma no fue determinante para anular la elección municipal aducida, pues no se actualizó la diferencia porcentual necesaria para la nulidad, al haber sido mayor al 5% requerido por la ley (TEV-PES-214/2025; TEV-JDC-220/2025 Y ACUMULADOS; TEV-JDC-295/2025; TEV-JDC-298/2025; TEV-JDC-313/2025; TEV-JDC-248/2025; TEV-RIN-59/2025; TEV-RIN-61/2025).

    En segundo término, se declararon infundados, por una parte, e inoperantes, por otra, los agravios expuestos por la Síndica del Ayuntamiento de Coetzala, Veracruz, en contra del Presidente Municipal y del Director de Obras Públicas de mencionado ayuntamiento, pues del análisis del expediente, no se advirtió afectación a la esfera político-electoral de la demandante (TEV-JDC-293/2025).

    Por otro lado, el Pleno del TEV declaró la existencia de la obstaculización en el ejercicio del cargo de la Síndica del Ayuntamiento de Coetzala, Veracruz, derivada de la omisión de considerarla en los trabajos del Presupuesto de Egresos 2026 de dicho ayuntamiento por parte del Presidente Municipal, Regidor Único y Tesorero, todos del órgano de gobierno municipal aludido. Asimismo, al declarar la existencia de dicha obstaculización, se acreditó la violencia política en contra de la Síndica por la repetición del acto reclamado (TEV-JDC-334/2025).

    Finalmente, por mayoría de votos, las magistraturas del TEV declararon la nulidad de la elección municipal de Jáltipan, Veracruz, y, en consecuencia, determinaron dejar sin efectos la constancia de mayoría y validez entregada a la fórmula de candidaturas postuladas por el partido Movimiento Ciudadano.

    Lo anterior es así pues se acreditó la existencia de diversas publicaciones y comentarios en redes sociales, los cuales, constituyeron violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la candidata a la presidencia municipal de Jáltipan, Veracruz, postulada por la coalición “Sigamos Haciendo Historia en Veracruz”.

    En su intervención, el magistrado Gilberto Constituyente Salazar Ceballos, quien votó en contra, manifestó que dicha elección debió confirmarse, pues las frases que se difundieron en la red social Facebook no constituyeron violencia política en razón de género, al situarse dentro de los límites de un debate político robusto y desinhibido, pues no se advirtió que el hecho de que los contenidos asociaran a una candidata con un grupo político liderado por hombres implicara por sí mismo la reproducción de un estereotipo de género.

    Como resultado de lo anterior, se dio vista al Congreso del Estado de Veracruz y se ordenó al Consejo General del OPLE Veracruz para que, en el ámbito de sus atribuciones, realice las actividades correspondientes para la celebración de la elección extraordinaria de integrantes de mencionado Ayuntamiento (TEV-RIN-12/2025 y TEV-JDC-251/2025).

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