jueves, enero 29, 2026
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    Aprueba Congreso del Estado tipificar delitos de violencia digital contra mujeres

    *Permitirá sancionar hasta con 8 años de prisión a quien publique, difunda o divulgue imágenes, audios o videos con contenido erótico-sexual sin aprobación de la Víctima

    *Autoridad investigadora, tendrá la responsabilidad de eliminar el contenido de las plataformas o espacios donde se encuentre

    Nicolás Cruz Hernández

    Con 37 voto a favor, cero en contra y cero abstenciones, es decir por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó el dictamen de reforma al Código Penal de Veracruz que incorpora el Capítulo Quinto, al Título V Bis, denominado “Delitos contra la Privacidad Sexual”, propuesta presentada por la diputada Montserrat Ortega Ruiz el pasado 17 de enero.

    Con esta disposición, el Código Penal establece sancionar hasta con 8 años de prisión a quien publique, difunda o divulgue imágenes, audios o videos con contenido erótico-sexual, sin aprobación de la víctima, que en su mayoría, son mujeres, niñas y jóvenes.

    Además, la autoridad investigadora, tendrá la responsabilidad de eliminar el contenido de las plataformas o espacios donde se encuentre. De esta manera Veracruz se convierte en la cuarta entidad en legislar en la materia, para otorgar protección a las mujeres y respeto a sus derechos humanos.

    El delito tendrá agravante cuando sea cometido por la pareja o ex pareja sentimental o sexual de la víctima, o cuando la víctima sea una persona en situación de discapacidad. La iniciativa impulsada por la diputada Montse Ortega, fue realizada en estrecha coordinación con la activista Olimpia Coral Melo Cruz y el Frente Nacional para la Sororidad.

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