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    Propone Perla Romero garantizar derecho al parentesco por afinidad en matrimonios entre personas del mismo sexo

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    • Presentó reforma al artículo 225 del Código Civil para redefinir conceptos tradicionales de matrimonio y concubinato, al ser superados por la realidad

    Xalapa, Veracruz, 10 de noviembre de 2022.- Tras la reforma al artículo 75 del Código Civil, que legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo, la diputada Perla Romero aseguró que muchas parejas no pueden garantizar el derecho a materializar el parentesco por afinidad, los beneficios y las obligaciones que de él se originan, lo que constituye un acto discriminatorio.

    Ante ello, propuso al Pleno de la LXVI Legislatura local reformar el artículo 225 de dicha ordenanza, que a la letra define al parentesco por afinidad a aquel “que se contrae por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer, y entre la mujer y los parientes del varón”.

    Con base en todo lo anterior, argumentó, se observa que el único modelo de familia, que se reconocía legalmente era el compuesto por la unión de un hombre y una mujer en matrimonio; sin embargo, este concepto ha evolucionado hasta reconocer la existencia de una gran diversidad de grupos de personas unidas, dando origen a un nuevo modelo de matrimonio y, por consiguiente, de familia, quedando desfasado de la realidad imperante.

    La afinidad -precisó- es el vínculo de parentesco que une a cada uno de los cónyuges con los consanguíneos del otro; es decir, deriva del matrimonio y se fundamenta en la comunidad de vida que la misma crea entre los cónyuges, lo que determina que cada uno de éstos sea considerado como miembro integrante de la familia del otro. Los afines no descienden unos de otros, entre ellos no hay generaciones, por lo que el cómputo de líneas y grados se realiza por analogía con el parentesco por consanguinidad.

    “Las familias conformadas por parejas del mismo sexo están siendo discriminadas al no ser reconocido el parentesco por afinidad con respecto a la familia consanguínea de su cónyuge, lo que da cabida a un trato desigual o diferenciado por motivo de la orientación sexual, hecho que contrapone a lo establecido en el artículo 1 de la Constitución federal”, expresó desde Tribuna.

    Por lo anterior, mencionó, encontramos la necesidad de reformar nuestro Código Civil, con la finalidad de no transgredir los derechos humanos establecidos en el marco jurídico federal y estatal, cuya finalidad siempre ha sido favorecer, en todo momento, a las personas.

    Para tal efecto, planteó reformar al artículo 225 del Código Civil del Estado por el que se definirá al parentesco de afinidad a aquel que se contrae por el matrimonio o concubinato, entre la o el cónyuge o la y el concubino y los parientes del otro cónyuge o concubino.

    Perla Romero destacó que con esta reforma, Veracruz se pondrá a la par con los congresos locales que ya reformaron sus códigos civiles, con la finalidad de cesar este tipo de discriminación y disminuir el trato diferenciado que viven día a día las parejas del mismo sexo, tal y como lo han hecho Campeche, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, y Yucatán.

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